PAGA MENOS IMPUESTOS si pagas alquileres
PAGA MENOS IMPUESTOS SI: Pagas Alquileres
¿Sabías que formalizar tus arrendamientos, te ayudará a pagar menos impuestos?
Aquí te contamos cómo aprovecharlos para pagar menos impuestos.
PAGA MENOS IMPUESTOS SI: Pagas Alquileres
¿Sabías que formalizar tus arrendamientos, te ayudará a pagar menos impuestos?
Aquí te contamos cómo aprovecharlos para pagar menos impuestos.
PAGA MENOS IMPUESTOS SI: Tienes Trabajadores
Emprendedor ¿Sabías que poner a tus trabajadores en planilla te hace pagar menos impuestos?
¿TIENES UNA EMPRESA? ESTO ES PARA TI
Seguramente si te digo la palabra: SUNAT
Vendrán a tu mente las cuentas retenidas, los proveedores, trabajadores. Todos acorralándote, y tu haciendo malabares para sacar dinero de donde sea.
CÓMO PAGAR MENOS IMPUESTOS A LA SUNAT
¿Sabías que hay una forma de REDUCIR TUS IMPUESTOS sin faltar a la Ley y sin represalias de la Sunat contra tu negocio?
OLVíDATE DE PAGAR A LA SUNAT
¿Sabías que existe un plazo limitado para que la Sunat te exija el pago de ciertas deudas?
Cobranza Coactiva SUNAT (Parte 3)
✓ Dentro del marco legal
✓ Sin represalias de la SUNAT contra tu negocio.
Emprendedor/Empresario, utiliza estos mecanismos de defensa y hazle frente a esos cobros abusivos.
Cobranza Coactiva SUNAT (Parte 2)
✓ Dentro del marco legal
✓ Sin represalias de la SUNAT contra tu negocio.
Emprendedor/Empresario, conoce los mecanismos de defensa para hacerle frente a una cobranza coactiva de la Sunat.
Cobranza Coactiva SUNAT
Emprendedor/Empresario, conoce los mecanismos de defensa para hacerle frente a una cobranza coactiva de la Sunat.
¿Quieres saber cómo defenderte de una cobranza coactiva de la SUNAT? Atención a estos pasos:
Bancarización 2022
Estas son las modificaciones desde el 1 de abril del 2022
Emprendedor, ten en cuenta las nuevas reglas de bancarización y evita asi problemas con la administración tributaria.
FISCALIZACIÓN SUNAFIL
¿Cómo afrontarla con éxito?
Toma nota de estas recomendaciones para poder afrontar con éxito una inspección laboral:
1. Debes atender al inspector en un plazo no mayor a los diez minutos. ¿Qué ocurre si te excedes de ese tiempo? El inspector se va, y la ley lo faculta a multar a tu empresa por obstruir la labor de inspección.
2. Ten en cuenta que la ley señala que si la inspección se originó por una denuncia, el inspector va a presumir que los hechos denunciados son ciertos.
3. Cuando el inspector anuncia su presencia, lo que sigue es que el empleador (y esto es algo muy importante) solicite la identificación.
4. Una vez identificado, y conocida la razón de la visita, lo fundamental es darle todas las facilidades.
5. Inmediatamente el inspector pedirá la participación de un representante de la empresa, quien será notificado mediante:
– Un acta de constataciones y con
– Un requerimiento de documentos (que deberán ser presentados en un plazo de 03 días hábiles.)