banner-blog
CategoriesImpuestos

OLVíDATE DE PAGAR A LA SUNAT

¿Sabías que existe un plazo limitado para que la Sunat te exija el pago de ciertas deudas?

 

 

 

Así es, La prescripción tributaria es el fin del plazo con que cuenta la SUNAT para:

  1. Determinar la deuda tributaria.
  2. Exigir el pago de la deuda.
  3. Aplicar sanciones vinculadas a la deuda.

Y ¿A los cuantos años se da una prescripción?

A los 4 años:

Cuando el contribuyente presentó su DDJJ (cualquier declaración jurada).

A los 6 años:

Cuando el contribuyente NO presentó su DDJJ.

A los 10 años:

Cuando no se pagan los tributos retenidos o percibidos (como la ONP, o las retenciones de 4ta o 5ta categoría, etc.)

A los 4 años:

Para solicitar compensaciones o devoluciones de impuestos (por pagos indebidos que realizaste).


Para saber desde cuando puedes computar el plazo para solicitar la prescripción debes tener en cuenta lo señalado en el artículo 44 del código tributario. (Al final te dejaremos el enlace.)

Importante:

La prescripción no se aplica automáticamente, tiene que solicitarse.

En este enlace te dejamos el formato que debes usar: draver.com.pe/recursos

Ten cuenta que la solicitud de prescripción no elimina la deuda tributaria, tienes que esperar a que la Sunat emita la resolución respectiva que te permita dejar de pagar la deuda tributaria. 🙂

¿Buscas más contenido de ayuda? Déjanos tus comentarios.

Hasta la próxima.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Te ayudamos a potenciar el crecimiento de tu negocio a través de la información de valor y de fácil acceso.

Acceso rápido

Asesoría

Cel :+(51) - 955 275 390
Soporte: (01) 471 - 2462

Dirección:

Copyright © 2021 haky 
All Rights Reserved.